"Educación Sexual para Decidir, Anticonceptivos para No Abortar, Aborto Legal, Seguro y Gratuito para No Morir"


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miércoles 31 de marzo de 2010

COMUNICADO DE PRENSA: ANTE EL ASESINATO DE SILVIA SUPPO

Como integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito queremos manifestar públicamente nuestro hondo pesar y preocupación por el asesinato cometido contra Silvia Suppo, testigo clave en la causa que condenó al ex juez federal Víctor Brusa a 21 años de prisión por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, vejaciones, apremios ilegales, coacción y tormentos ocurridos tras su secuestro y reclusión en el campo clandestino de concentración conocido como La Casita, cerca de Santo Tomé y querellante en el juicio por la desaparición de Reinaldo Hatemmer.

Las circunstancias de su muerte hacen verosímil la conjetura de una operación de amedrentamiento contra quienes se hallan comprometidas/os en los Juicios por Verdad y Justicia.

Este hecho trágico nos lleva a alertar a la sociedad civil sobre la importancia de preservar la seguridad de los y las querellantes en los juicios: testigos, abogados/as, integrantes de los organismos de Derechos Humanos, al mismo tiempo que nos obliga a interpelar a los funcionarios responsables.

Como activistas por los derechos humanos de las mujeres nos condolemos por el crimen de Silvia Suppo, acompañamos a los suyos/as en el dolor y exigimos el pronto esclarecimiento de lo sucedido.

Finalmente, reclamamos por la seguridad de todos y todas los/las integrantes de agrupaciones políticas y sociales, de las y los familiares, abogadas/os y testigos vinculados a las causas contra los genocidas, el desmantelamiento del aparato represivo y que se dicten condena a prisión perpetua y cárcel común a todos los represores y sus cómplices.

Adherimos en todos sus términos a la declaración difundiera por distintos medios la Agrupación HIJOS –Regional Santa Fe.

¡Jorge Julio López presente!
¡No olvidamos, no perdonamos, no nos reconciliamos!

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito





Para adherir escribir a verdadyjusticia@yahoo.com.ar


Argentina, 30 de marzo de 2010


lunes 22 de marzo de 2010

Presentación Proyecto de Ley de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Grautito

El acto de entrega del proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo se llevó a cabo el día martes 16 de marzo en la Sala José Luis Cabezas del Palacio del Congreso (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).


En el mismo participaron integrantes de la Campaña, junto a las diputados y diputados firmantes de esta iniciativa.


Fotos Olga Cristiano


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Página12
El país|Miércoles, 17 de marzo de 2010
Unas 250 organizaciones sociales presentaron un proyecto para despenalizar el aborto con el aval de 35 diputados


El día de los pañuelos verdes en el Congreso
Por Mariana Carbajal

Este proyecto cuenta con la firma de más de 50 diputados y diputadas, y el apoyo de casi todos los bloques.

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal presentó un proyecto que consagra el derecho de toda mujer a interrumpir un embarazo en las primeras doce semanas. Los diputados presentes se comprometieron a impulsar el debate.

Link a la nota:
http://www.pagina12.com.ar/imprimir/diario/elpais/1-142177-2010-03-17.html


Repercusiones en la prensa



Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

 El presente proyecto fue presentado en la Cámara de Diputados/as por las organizaciones integrantes de la "Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito" el 16 de marzo de 2010. Es objetivo de los/as firmantes que el mismo adquiera estado parlamentario para darle tratamiento junto con las demás iniciativas referidas a esta temática.

Artículo 1º: Toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional.

Artículo 2º: Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud, en las condiciones que determina la presente ley.

Artículo 3º: Fuera del plazo establecido en el art 1º toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción del embarazo en los siguientes casos:

a) Si el embarazo fuera producto de una violación, acreditada con denuncia judicial o policial o formulada en un servicio de salud.

b) Si estuviera en riesgo la salud o la vida de la mujer.

c) Si existieran malformaciones fetales graves.

Artículo 4º: Previamente a la realización del aborto en los casos previstos en la presente ley, se requerirá el consentimiento informado de la mujer expresado por escrito.

Artículo 5º: Los servicios de salud del sistema público garantizarán el acceso gratuito a las prestaciones mencionadas en los arts. 1º y 3º y los de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.

Asimismo deberán garantizar en forma permanente las prestaciones enunciadas en la presente ley, incluyendo el personal de salud, instalaciones e insumos requeridos.

Artículo 6º: Aquellos médicos/as y demás personal de salud que manifiesten objeción de conciencia para intervenir en los actos médicos a que hace referencia esta ley, deberán hacerlo saber a las autoridades de los establecimientos a los que pertenezcan dentro del plazo de treinta días corridos contados a partir de la promulgación de la presente ley. Quienes ingresen posteriormente podrán manifestar su objeción de conciencia en el momento en que comiencen a prestar servicio. Los/as profesionales que no hayan expresado objeción en los términos establecidos no podrán negarse a efectuar las intervenciones. En todos los casos la autoridad responsable del servicio de salud deberá garantizar la realización de la práctica.

Artículo 7º: Las prácticas profesionales establecidas en la presente ley se efectivizarán sin ninguna autorización judicial previa.

Artículo 8º: En caso de que la interrupción del embarazo deba practicarse a una mujer de menos de catorce años se requerirá el asentimiento de al menos uno de sus representantes legales, o en su ausencia o inexistencia de su guardador de hecho. En todos los casos la niña deberá ser oída y frente a cualquier otro interés se considerará primordial la satisfacción del interés superior de la niña en el pleno goce de sus derechos y garantías consagrados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Ley 23.849).

Artículo 9º: Si se tratara de una mujer declarada incapaz en juicio se requerirá el consentimiento informado de su representante legal.

Artículo 10º: Derogase el Art. 85 inc. 2 del Código Penal de la Nación.

Artículo 11º: Deróganse los Arts. 86 y 88 del Código Penal de la Nación.

Artículo 12º: De forma.

Firmantes: Juliana Di Tullio (FPV), María luisa Storani (UCR), Miguel Barrios (PS), Cecilia Merchan (Libres del SUR), Marcela Rodríguez (CC), Héctor Álvaro (FPV), Adela Segarra (FPV), (SI)lvia Storni (UCR), Nélida Belois (Proy. progre(SI)sta), Claudio Lozano (SUR), Fabián Peralta (GEN), Verónica Benas (SI), Fernanda Gil Lozano (CC), Lisandro Viale (PS), Mónica Fein (PS), Alicia Ciciliani (PS), Liliana Parada (SUR), María Josefa Areta (Frente de todos), Adriana Puiggrós (FPV), Néstor Hugo Castañón (UCR), Horacio Alcuaz (GEN), Victoria Donda Pérez (Libres del SUR), Gerardo Milman (GEN), Silvana Giudici (UCR), Fernanda Reyes (CC), Hector Recalde (FPV), Martín Sabatella (NEPyS), Vilma Ibarra (NEPyS), Carlos Heller (NEPyS), Ricardo Cu(CC)ovillo (PS), Roy Cortina (PS), Jorge Rivas (NEPyS), Ariel Basteiro (NEPyS), Adriana García (Peronismo federal), Lorena Rossi (Peronismo federal), Laura Alonso (PRO), Remo Carlota (FPV), Hector Perié (FPV), María Elena Chieno (FPV), Graciela Iturraspe (Sur), Carlos M. Comi (CC).


PROYECTO DE LEY
Iniciado: Diputados Expediente: 0998-D-2010. Publicado en: Trámite Parlamentario nº 15 Fecha: 16/03/2010

SI APOYÁS QUE ESTE PROYECTO SE TRATE Y APRUEBE EN EL CONGRESO DE LA NACIÓN DEJANOS TU FIRMA

 (O HACÉ CLICK AQUÍ)















También podés colaborar juntando firmas: descargá la planilla haciendo click aquí
o enviado a tus amigxs este link http://abortolegalseguroygratuito.blogspot.com/2010/05/apoyo-que-el-proyecto-de-ley-de-la_02.html

domingo 21 de marzo de 2010

Negar el derecho al aborto no punible afecta a la sociedad toda


Comunicado de prensa por el caso incuplimiento en el caso de aborto no punible en Comodoro Rivadavia.


Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, denunciamos que la decisión de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, al negar el derecho al aborto terapéutico a la niña de 15 años embarazada producto de la violación de su padrastro, genera una serie de impunidades que afectan a la sociedad toda.

Denunciamos que cuando el personal de salud judicializa estos casos no hace más que incumplir con normativas vigentes, aquellas contempladas en el artículo 86 del Código Penal, y cuentan –incluso- con la Guía Técnica de Atención de Abortos no punibles elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación. La justicia ha sentado jurisprudencia en casos similares a través de dictámenes como el de la Procuración General de la Provincia de Buenos Aires, en el año 2006, y el del Tribunal Superior de Justicia bonaerense. Estos dictámenes subrayan que el aborto no punible no requiere intervención judicial y que los servicios de salud deben garantizarlo, la eventual objeción de conciencia de un profesional no puede llevar a que la institución pública incumpla su responsabilidad, habiendo médicos del Hospital Iturraspe (Santa Fe) procesados por no cumplimiento de su deber como en el caso de Ana María Acevedo.

Desde la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito nos venimos comprometiendo con que se garantice la efectivización del aborto no punible, denunciamos que las prácticas obstaculizadoras y dilatorias promueven la clandestinidad del aborto, afectando especialmente la vida de las mujeres empobrecidas económicamente que deben recurrir a prácticas inseguras. Insistimos que la maternidad no puede ser una imposición en la vida de las mujeres y las niñas; no puede ser producto de la casualidad, ni de la fuerza de una violación; sino producto de elecciones libres y deseadas. De allí que seguimos exigiendo la despenalización y legalización del aborto.


Convocamos a todas las ciudadanas y los ciudadanos a unirse a este repudio y a divulgar su rechazo para que de manera inmediata la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Chubut garantice la decisión de las niñas que exigen su derecho a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas.

EDUCACIÓN SEXUAL PARA DECIDIR
ANTICONCEPTIVOS PARA NO ABORTAR
ABORTO LEGAL SEGURO Y GRATUITO PARA NO MORIR

Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito



lunes 1 de marzo de 2010

¿Qué es la campaña/quiénes somos?

Desde hace décadas mujeres feministas hablamos sobre el aborto y las consecuencias de la legislación que lo penaliza y la condena social sobre la vida y la salud de las mujeres. Hoy, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito es asumida por una amplia alianza a nivel nacional, que incluye más de 250 organizaciones, grupos y personalidades vinculadas al movimiento de mujeres, organismos de derechos humanos, al ámbito académico y científico, trabajador@s de salud, sindicatos y diversos movimientos sociales y culturales, entre ellos redes campesinas y de educación, organizaciones de desocupad@s, de fábricas recuperadas, grupos estudiantiles y religiosos. Organizaciones y personalidades que asumimos un compromiso con la integralidad de los derechos humanos, y defendemos el derecho al aborto legal como una causa justa para recuperar la dignidad de las mujeres y con ellas, la de todos los seres humanos.

Garantizar servicios de aborto legal, seguro y gratuito, se fundamenta: en una razón de salud pública, en la defensa de los Derechos Humanos, en la defensa del derecho de las mujeres a decidir sobre nuestro propio cuerpo.

El 28 de mayo de 2005: Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, fue lanzada con acciones públicas en varias provincias y ciudades del país.

Objetivos de la Campaña

* Queremos que los derechos sexuales y los derechos reproductivos sean reconocidos como derechos básicos de todas las personas. Para eso, es necesario garantizar el acceso universal a los servicios públicos de salud y educación que los sostienen. Nuestro lema –así como nuestro trabajo de años– es integral: “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. Esto implica realizar modificaciones en los sistemas de Educación, Salud y Justicia, y también, por supuesto, profundos cambios culturales.

* Proponemos despenalizar y legalizar el aborto para que las mujeres que decidan interrumpir un embarazo tengan atención segura y gratuita en los hospitales públicos y obras sociales de todo el país.

La defensa del derecho al aborto es una causa justa en razón de su contenido democrático y de justicia social, que busca asegurar el goce de los derechos humanos a las mujeres hoy privadas de ellos.

Trabajar por el derecho al aborto en razón de justicia social, es reconocer que en el contexto latinoamericano, sumido en la pobreza y la desigualdad social, son las mujeres pobres quienes sufren o mueren por abortos realizados en clandestinidad, excluidas también de otros bienes culturales y materiales.

La ilegalidad del aborto da lugar a prácticas diferenciadas según la condición socioeconómica de la mujer y a la falta de información. No queremos ni una sola muerta más por abortos clandestino.

Queremos ampliar la democracia, garantizando este derecho a las afectadas por una sociedad patriarcal que limita, vulnera y subordina al 52% de la población. Una democracia verdadera debe atender nuestra salud, proteger nuestra vida y habilitar nuestras decisiones frente al dilema de un embarazo no deseado.

Nos inspira la necesidad de un estado laico: las directivas de las iglesias no deben ser colocadas por encima del derecho a la libre decisión de las personas, incluso cuando esas decisiones se vinculan a la sexualidad o reproducción humana. Proponemos una ley que autorice, y no que obligue.

ADEMÁS DE LA LEGALIZACIÓN Y DESPENALIZACION DEL ABORTO EXIGIMOS:

* la inmediata la reglamentación de la atención humanizada del post-aborto, y la atención en los servicios públicos de salud a mujeres y niñas que deciden abortar en los casos en que peligra su vida y su salud o ante situaciones de violación, que el artículo 86 del Código Penal Nacional ya exime de pena.
* la aplicación efectiva en todo el país de la Ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable.
* Cumplimiento del Compromiso para la Disminución de la Mortalidad Materna y el Protocolo de Asistencia Humanitaria del Post-aborto.
* Consideramos un avance el anteproyecto de Reforma del Código Penal, elaborado por la Comisión de Juristas convocada por el Ministerio de Justicia. Proponemos ampliar la participación en el debate e incidir en su discusión, para lograr que se incorporen nuestras propuestas y respeten nuestros derechos. Invitamos a opinar sobre la reforma del Código Penal en la consulta popular abierta en la web del Ministerio de Justicia (http://www.jus.gov.ar/), en apoyo de su tratamiento en el Congreso Nacional. Afirmamos un paradigma de ciudadanía que ya no puede darse el lujo de discriminar a las mujeres por su especificidad de género. Tomamos la despenalización propuesta por este anteproyecto como base para avanzar hacia los objetivos más amplios expresados en el lema de la campaña.